COMISIÓN MULTISECTORIAL DE ASESORAMIENTO (CMA) para la Implementación de la Ley de Moratoria a los OVM en Perú
Artículo 14°.- De la Presidencia y la Secretaría Técnica
14.1. La Presidencia de la CMA estará a
cargo del MINAM, quien tendrá voto dirimente; representa a la Comisión en los
actos públicos y privados y conduce la coordinación de la Comisión. La
Presidencia es quien convocará a las reuniones de dicha comisión.
14.2. La Secretaría Técnica de la CMA
estará a cargo del CONCYTEC, quien promueve el intercambio de información permanente
entre los miembros de la Comisión y los Grupos de Trabajo que la Comisión
determine, asimismo monitorea el cumplimiento de los acuerdos alcanzados.
Referencias
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